Fondo laboral: cuánto deberán aportar las empresas para reservar dinero ante despidos
El régimen establece contribuciones mensuales sobre la masa salarial, con porcentajes diferenciados para grandes empresas y pymes. Los recursos quedan separados del patrimonio del empleador.
El 1% de la masa salarial para las grandes empresas y el 2,5% para las pymes son los aportes mensuales obligatorios previstos por el Fondo de Asistencia Laboral, según la descripción del régimen. La medida modifica la forma en que los empleadores preparan los recursos para afrontar indemnizaciones por despido.
Hasta ahora, las compañías debían recurrir a su propia caja al momento de la desvinculación. Con el fondo, en cambio, tendrán que constituir una reserva de manera periódica, calculada sobre el total de su nómina salarial.
Cómo se resguardan los fondos
La empresa abre una cuenta a su nombre para constituir el fondo, pero no puede disponer de los recursos para otros fines. Cuando se produce una desvinculación, el pago se realiza directamente en una cuenta bancaria a nombre del trabajador.
Para los empleados, el mecanismo supone que una parte de la compensación que podría corresponder ante un despido queda reservada de antemano. De ese modo, se reduce la dependencia de la liquidez que tenga la compañía al momento del egreso.
La elección de la administradora
Los empleadores deben elegir una administradora habilitada dentro del plazo previsto. Si no lo hacen, la autoridad regulatoria les asignará una de oficio.
Damián Koltan, director comercial de BIND Inversiones, una de las entidades habilitadas, sostuvo que el esquema permite a las empresas ganar previsibilidad financiera sin sumar un costo adicional. También reconoció que persisten dudas sobre el funcionamiento del régimen y señaló que su firma está reforzando la capacitación de sus clientes.
Federico Jozami, Economía y comercio.
