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Sueldos de cajeros de supermercado en septiembre de 2026: escalas, adicionales y cronograma de absorción de las sumas no remunerativas

El acuerdo paritario firmado en julio por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y tres cámaras empresarias fijó un incremento del 5,7% en tres tramos. Los haberes de convenio van de $1.322.132 a $1.335.474 según la categoría, con adicionales por manejo de caja que pueden sumar hasta $567.825 anuales.

Por Federico JozamiEconomía y comercio · 11 de septiembre de 2026 · hace 9 h

El haber mensual bruto que perciben los cajeros de supermercado en septiembre de 2026 se ubica en un rango que va de $1.322.132 a $1.335.474, según la categoría asignada dentro del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que rige la actividad mercantil y al cual se encuentran adheridos los principales supermercados y comercios del país.

Escala salarial por categoría

  • Cajero A: $1.322.132 en total, con un básico de convenio de $1.177.132.
  • Cajero B: $1.327.970 en total, con un básico de convenio de $1.182.970.
  • Cajero C: $1.335.474 en total, con un básico de convenio de $1.190.474.

Las tres cifras corresponden a la liquidación por jornada completa e incluyen tres componentes: el básico de cada categoría, una suma no remunerativa de $120.000 y $25.000 correspondientes a la segunda y última cuota del bono extraordinario de $50.000 pactado en paritarias. En términos reales, el peso de los conceptos no remunerativos dentro del recibo representa poco más del 11% del haber bruto, un detalle relevante porque esas partidas no impactan en los aportes ni en las futuras actualizaciones del salario.

Adicionales por manejo de caja

El artículo 30 del CCT 130/75 establece adicionales específicos por la función de manejo de caja, que se abonan en cuatro cuotas trimestrales a lo largo del año y que representan un ingreso extra considerable respecto del básico de convenio. Las categorías A y C perciben $144.198,68 anuales, equivalentes a $36.049,67 por trimestre, mientras que la categoría B accede a un esquema diferenciado de $567.825,83 anuales, es decir $141.956,46 por trimestre, al que se suman $1.635,18 mensuales en concepto de faltante de caja.

Cómo queda compuesto el acuerdo paritario

El incremento vigente fue cerrado en julio de 2026 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA). El acuerdo fijó una suba del 5,7% distribuida en tres tramos iguales del 1,9%, aplicados en julio, agosto y septiembre sobre las escalas básicas de junio de 2026. Los porcentajes son nominales y no acumulativos, lo que significa que cada tramo se calcula sobre la base anterior ya actualizada y no sobre los valores de origen.

El bono extraordinario de $50.000, abonado en dos cuotas de $25.000 en julio y agosto, ya no tendrá una tercera entrega: la segunda cuota quedó incluida en los haberes de agosto y dejó de liquidarse a partir de los sueldos devengados en septiembre, que se cobran en octubre. En paralelo, la suma no remunerativa de $120.000 tampoco desaparece de inmediato: su absorción al básico se hará en seis cuotas mensuales de $20.000 a partir de diciembre de 2026, hasta completar el proceso en mayo de 2027, lo que garantiza que el incremento nominal no se diluya en el corto plazo.

Por encima de estos conceptos de convenio, la liquidación final puede incorporar adicionales variables como antigüedad, presentismo y horas extras, cuyo peso en el recibo depende de las condiciones particulares de cada trabajador y de cada empleador. En términos reales, la estructura salarial de los cajeros muestra una composición donde el básico representa cerca del 89% del haber bruto, un porcentaje que irá creciendo a medida que las sumas no remunerativas se incorporen gradualmente al salario de convenio durante el primer semestre del año próximo.

La variable a seguir el mes que viene es el inicio de la próxima ronda de negociación entre FAECyS y las cámaras empresarias, dado que el acuerdo vigente cubre solo el tercer trimestre del año y deja abierta la discusión sobre los ajustes que regirán desde octubre, en un contexto donde la evolución de la inflación y la dinámica de los precios de los alimentos y los bienes de consumo masivo serán determinantes para definir el porcentaje de actualización de las escalas básicas del personal de comercio.

FJ
Federico JozamiEconomía y comercio

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