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Entra en vigencia la ley que baja la imputabilidad a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de prisión

La norma 27.801 rige desde este sábado en todo el país. Establece un esquema de sanciones graduadas y reserva la privación de libertad para los delitos más graves. Al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del nuevo régimen porque los hechos fueron anteriores a la entrada en vigor.

Por Andrea GerezPoliciales y judiciales · 5 de septiembre de 2026 · hace 36 min

A 180 días de su publicación en el Boletín Oficial, la ley 27.801 de Responsabilidad Penal Juvenil comenzó a regir este sábado en todo el país. La reforma introduce un cambio sustancial en el sistema penal argentino: reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y establece un esquema de sanciones graduadas según la gravedad del hecho investigado.

El nuevo régimen contempla la privación de libertad únicamente para los casos más graves, entre ellos los homicidios. La pena máxima prevista para los menores es de 15 años, aunque los dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica lleva el encierro efectivo a un tope cercano a los diez años.

Escalas de sanción y delitos graves

  • Homicidios y delitos más graves: arresto domiciliario, internación en instituto de régimen abierto o alojamiento en centro especializado de detención, con pena máxima de 15 años.
  • Robos agravados con armas de fuego: los jueces pueden reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a determinados lugares o, en casos extremos, separación del menor de su entorno familiar si se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
  • Hurtos y robos sin armas: sanciones alternativas al encierro, con dictamen pericial favorable, conformidad del Ministerio Público Fiscal y audiencia previa a la víctima.
  • Requisitos para acceder a penas alternativas: dictamen pericial favorable, conformidad del Ministerio Público Fiscal, audiencia a la víctima, ausencia de condenas previas y de procesos con auto de procesamiento firme.

El texto legal fija tres modalidades de cumplimiento para los hechos más severos: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención. En todos los casos, el diseño apunta a diferenciar el tratamiento de los adolescentes del régimen de adultos, según se desprende de la letra de la norma.

Hechos anteriores a la vigencia y casos por fuera del régimen

Desde la sanción de la ley en el Congreso hasta su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por razones de edad al momento de los hechos. Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía permanecer internado en un instituto solo hasta cumplir los 18 años, sin registro de antecedentes.

“Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena.”Texto periodístico sobre el caso del cabo Cristian Gerez

Entre los casos que no quedarán alcanzados por la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio pasado en la localidad bonaerense de Loma Hermosa. Los dos sospechosos permanecían bajo custodia judicial, pero no serán sometidos al nuevo régimen penal juvenil ni podrán recibir una condena en el marco de esta normativa. La investigación por el hecho continúa en manos de la fiscalía interviniente, que deberá determinar el encuadre legal aplicable a los imputados en virtud de la legislación vigente al momento del hecho.

AG
Andrea GerezPoliciales y judiciales

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